Para enmendar los articulos 4 y 8 de la Ley 117-2001, conocida como "Ley de Garantía de
Préstamos y Préstamos Agricolas", a los fines de disponer para que el Departamento
de Agricultura y el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, en estrecha
colaboración, establezcan un proceso expedito para que los agricultores que
presenten una solicitud para una Garantia de Préstamo y Préstamo Agricola,
conforme a lo establecido en esta Ley, sean atendidos con prioridad en la concesión
de permisos, licencias y certificaciones gubernamentales requeridas; flexibilizar o
liberar los requisitos de financiamiento a los agricultores solicitantes, sin necesidad
de que el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico imponga cuotas para
prestamos y el establecimiento de requisitos menores en los colaterales de los
mismos; y para otros fines relacionados.
About This Bill
Latest Action · Jul 7, 2026
Enviado a la Gobernadora
Session
2025-2028
Introduced
Jan 8, 2025
Primary Sponsor
Karen M. Román Rodríguez - Sistema Único de Trámite Legislativo· primary